complemento_especifico

El complemento específico es un complemento de puesto de trabajo. Es decir, va aparejado a las especiales condiciones del puesto asignado. Su asignación requiere de una previa evaluación de los puestos de trabajo en la respectiva Administración, atendiendo a los parámetros o especiales condiciones de estos, dando lugar a una cantidad económica global por puesto de trabajo, en concepto de complemento específico. Estas cantidades se deberían reflejar en la relación de puestos de trabajo (RPT), que es el instrumento técnico que ordena los mismos y refleja sus retribuciones complementarias.


El personal facultativo interino o eventual, vinculado temporalmente por causa de vacante o acumulación de tareas, tendrá asignado el complemento específico C, excepto en el caso de que no exista este complemento específico para esa categoría profesional, especialidad o actividad, de acuerdo con el artículo 55.4 de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre.

  • complemento_especifico.txt
  • Última modificación: 2019/11/09 09:30
  • por 127.0.0.1